DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta el abogado LUÍS ARMANDO SILVA M. inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 6.646, en su condición de apoderado judicial de la accionada reconviniente DELICOCINA C.A., contra la decisión definitiva dictada en fecha 18 de Marzo de 2011 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRICPICIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, MODIFICANDOSE en consecuencia la misma en los siguientes términos:
Primero: Respecto a la demanda incoada por Euro Delicias C.A., contra Delicocina, C,A., se decide: A) Se declara la Resolución del Contrato de franquicia suscrito entre las empresas ut supra nombradas, por ante la Notaría Pública Cuarta de Barquisimeto el día.....