DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide
PRIMERO: Con lugar la apelación, interpuesta por la demandada abogado Thania Yolanda Rojas Perozo, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.363.257, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 161.602, contra la decisión definitiva de fecha 14 de Octubre del 2021, Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anulándose en consecuencia el auto de admisión de la demanda y todas las actuaciones subsiguientes al mismo, incluida la recurrida, reponiéndose la causa, declarándose inadmisible la pretensión de reconocimiento de contenido y firma del documento privado para la preparación de la vía ejecutiva, de fecha 10 de Noviembre del 2.....