DISPOSITIVA
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: De oficio Anula todas la actuaciones subsiguientes a la diligencia de fecha 28-06-2017, del aguacil del tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial, en la cual consignó la boleta de citación firmado por el accionado CHRISTIAN TROCONIS FERNANDEZ. Se repone la causa, al estado que el a quo al que le corresponda conocer de la presente causa, dicte auto ordenando la publicación del edicto de llamado a terceros interesadas en la causa, tal como lo establece el artículo 507 del Código Civil, fijando nuevamente el lapso de contestación de la demanda contado a partir de la consignación de la publicación del referido edicto.
SEGUNDO: No hay cond.....