En virtud de las razones precedentemente establecidas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón, inscrito en el IPSA bajo el número 23.834, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana INGRID SOLEDAD CHACON DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.023.142, contra la sentencia de fecha 7 de Septiembre del corriente año dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, ANULANDOSE en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En consecuencia de lo precedentemente decidido, se declara que la competencia para conocer la presente causa, es el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de .....