DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud para consignación de canon de arrendamiento de un local comercial por disposición expresa de la ley; en consecuencia se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Rolando Felipe Yepez Quintero, actuando en su carácter de representante legal de la firma mercantil Inversiones Invar, asistido por la Abogado en ejercicio Anaurelys Padilla CONFIRMANDOSE la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 18 de Noviembre del año 2014, pero con el cambio de motivación supra expuesto.
No hay condenatoria en costas en virtud de no haber relaci.....