DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que el JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA es el COMPETENTE, para conocer la presente solicitud de entrega material de inmueble solicitada por la Abogado ANELAY KARINA SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrita en el IPSA bajo el No. 92.355, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa CONSTRUCCIONES E INVERSIONES 261266, C. A.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal declarado competente, para que una vez recibido éste, continúe la tramitación del mismo.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
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