DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: SE ADMITE el amparo Constitucional contra omisión de pronunciamiento judicial, interpuesto en fecha veintiséis (26) de mayo del 2023, por el ciudadano Antonio Carvallo Cristo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.035.268, asistido por el abogado Javier Carvallo Cristo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) con el Nro. 88.178, contra el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: SE DECLARA DE MERO DERECHO la resolución del presente amparo.
TERCERO: Se declara CON LUGAR el amparo Constitucional contra omisión d.....