Se DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por el ABG. ARMANDO GOYO MEDINA, apoderado del ciudadano CLAUDIO MARTIN FLORES RANGEL, previamente identificados, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 13/01/2006, RATIFICANDOSE en consecuencia la misma. Se condena en costas a la parte apelante por haber resultado totalmente vencida, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.