En virtud de las razones procedentemente expuesta, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la accionada YANETH CECILIA COLMENAREZ CUICAS, titular de la cedula de identidad N° 9.610.887, quien estuvo debidamente asistida por la abogado EVA L. RAMOS A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 264.496, contra la sentencia definitiva de fecha 4 de Diciembre del 2017, dictada por el Juzgado de Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se anula el acta de fecha 9 de Mayo del 2017 y todas las actuaciones subsiguientes al mismo. Se repone la causa al estado que el Tribunal al que le corresponda conocer de la causa fije la fecha para la contestación de .....