DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la ciudadana DULCE MARÍA GONZÁLEZ DE GARCÍA, debidamente asistida por el abogado Luis Rafael Aldana Isea, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 35.131, contra la decisión definitiva dictada en fecha 03 de octubre de 2014 el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la cual declaró:
"...PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda presentada por la ciudadana DULCE MARIA GONZALEZ DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 1.111.023 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado HENRY CORADO AVILA, inscrito en el Ipsa bajo el N° 52.208, en contra del BAN.....