este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de oficio revoca el auto de fecha 14 de Agosto del 2018, dictado por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al que se ordena se oiga en ambos efectos la apelación interpuesta por apoderada actora LISSETTE ANUBIS MELÉNDEZ, contra la decisión de fecha 6 de Agosto del 2018 y continúe la tramitación del recurso y así se decide.