DISPOSITIVA
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ALEXIS VIERA DURAN, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 57.046, en su condición de apoderada judicial de la parte accionante, ciudadano ALEXIS JESÚS GALÍNDEZ, contra la sentencia dictada en fecha 04 de octubre de 2016, el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA, ordenando al A quo la tramitación de la misma en el estado en que se encontraba para el momento en que se emitió la sentencia recurrida y aquí revocada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la decisión tomada.
De conformidad a lo p.....