DISPOSITIVA
En virtud de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente juicio incoado por el ciudadano FRANCISCO MANUEL ROJAS CARRILLO, contra la ciudadana MORELIA COROMOTO TORRES PIÑANGO, por reconocimiento de unión concubinaria con posterioridad o la actuación procesal de fecha 10 de marzo de 2010 en la cual el accionante confirió poder apud acta, incluida la sentencia recurrida dictada por el a quo en fecha 17 de marzo del 2016 y las realizadas ante esta alzada.
SEGUNDO: Se declara la REPOSICIÓN de la causa al estado de que el Juez que le corresponda conocer de la presente, dicte un auto complementario al de la admisión de la demanda, mediante el cual ordene librar a los fines de su publicación por la prensa, a c.....