Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra del auto de fecha 03 de Noviembre de 2004, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. DECISION que debe ser CONFIRMADA, al resultar INADMISIBLE la demanda propuesta.
De conformidad con lo establecido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE ACTORA, por haber propuesto una demanda contentiva de procedimientos de cobro de honorarios profesionales incompatibles entre sí y por haber sido declarada sin lugar el recurso de apelación propuesto.