DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en la Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide.
PRIMERO: Se revoca el auto de fecha 17-10-2019, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en el cual oyó en ambos efectos la apelación interpuesta a título personal por el abogado Jorge Luis Mogollon Mogollon, contra la decisión de fecha hecha 02-08-2019, en la cual homologó el desistimiento de la apelación efectuada por él, planteada por su ex poderdante, José Nicolás Añez y de la revocatoria del poder que le había conferido al referido abogado
SEGUNDO: Inadmisible la apelación de fecha 09-08-2019, interpuesta por el abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 23.834, contra la decisión.....