Se DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante Inversiones 77, C.A., en contra de la decisión dictada en fecha 05/05/2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia queda confirmada la decisión apelada. Se condena en costas a la parte apelante por haber sido vencida en la presente incidencia todo ello conforme a lo preceptuado por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. De conformidad a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo.