DISPOSITIVA
En virtud de las razones procedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: De oficio, anula el auto de fecha 14-10-2019, y todas las actuaciones subsiguientes al mismo. Se repone la causa al estado que el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, ordene la notificación de la presente causa a los herederos conocidos y los desconocidos del causante ALESSANDRO SALLUSTI DE MARCHIS, de conformidad con los artículos 144 y 231 del Código Adjetivo Civil, una vez cumplido esto se reanude la causa y se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto por el accionante y de cualquier otro que se planteare.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del presente recurso, en virtud de la naturaleza jurídic.....