Se DECLARA: 1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MILAGRO MARRUFO, en su condición de Endosataria en Procuración del ciudadano WILLLIAN JOSE PAREDES, parte actora en la presente causa, ambos identificados en autos, en contra de la sentencia de fecha 03 de Agosto del 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. 2) En consecuencia, queda así REVOCADA la anterior sentencia, objeto de la presente apelación. 3) Se ORDENA, la prosecución del presente juicio. 4) No hay condenatoria en costas en virtud de lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.