Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado RAFAEL DAVID MORENO TORREALBA, apoderado judicial de la ciudadana AUDELINA RAMÍREZ, parte demandada, identificados en autos, en contra del auto de fecha 16 de Octubre de 2007, dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia SE MODIFICA el referido auto en el sentido de declararse extinguido el proceso incidental de tacha. De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas en el presente recurso a la parte apelante.