Se DECLARA SIN LUGAR LA ACCION DE AMPARO intentada por ROSA ELINA LOPEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15-01-2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales NO SE CONDENA EN COSTAS A LA ACCIONANTE EN AMPARO al no considerarse como temeraria la acción propuesta.