DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuesta este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE REVOCA el auto de fecha 14 de junio del corriente año dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en la cual oyó en un solo efecto la apelación del caso sub lite.
SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE, la apelación interpuesta por la parte querellante CARMEN ELIZABETH TOLEDO FALCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.132.002, debidamente asistida por la abogada PATRICIA DEL CARMEN DE FREITAS MANRÍQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 18.545.822, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 185.851, contra la decisión de fecha 5 de junio del corriente año dictada .....