Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSE BASTIDAS ROA, en su carácter de Representante Legal de la firma mercantil DISTRIBUIDORA REMOVECA, C.A., ambos ya identificados, parte demandada en la presente causa, debidamente asistido por el ABG. JOSE LUCENA BETANCOURT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.318, en contra de la sentencia definitiva de fecha 25 de Noviembre del 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, REVOCANDOSE en consecuencia PARCIALMENTE la misma, y decidiéndose lo siguiente: PRIMERO: Se RATIFICA la declaratoria CON LUGAR de la pretensión de DESALOJO del local arrendado y por ende la orden de que la demandada DISTRIBUIDORA REMOVECA, C.A., identificada en autos, entregue el inmueble consistente en el Local Comercial, arrendado a la DEMANDADA, situado en la planta baja del Edificio Gianni, ubicado en la carrera 21 entre c.....