Se DECIDIO lo siguiente:
A) Se ANULA la sentencia definitiva de fecha 21 de Abril del 2006, dictada por el a quo, así como también todas las actuaciones posteriores a esa sentencia, incluyendo las efectuadas ante esta superioridad.
B) Se ORDENA el desglose del Cuaderno Principal de todas las actuaciones relativas a la incidencia de la medida cautelar dictada y APERTURAR el Cuaderno de Medidas con esas actuaciones.
C) Se REPONE la causa al estado de que se vuelva a decidir en primera instancia el juicio principal, así como también, la incidencia de oposición a la medida preventiva decretada.
D) No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.