Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Domingo Gámez Maimones, apoderado de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del estado Lara, sala de Juicio N° 1 de fecha 14/12/2006. RATIFICANDOSE, en consecuencia la misma.
De conformidad con el artículo 484 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora apelante por haber salido perdidoso en el recurso de apelación ejercido.