Se declaro CON LUGAR la inhibición formulada por la Abogada HOLANDA EMILIA DAM HURTADO, en su condición de Juez del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio No. 1, en el juicio por GUARDA cuyas partes son los ciudadanos JESÚS ARNOLD VERGARA RIERA y MINTIZ SOLINE MONTEIRO, quien se fundamenta en lo establecido en el numeral 1° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.