DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por los abogados CRISTÓBAL RONDÓN y LUIS RAMÓN GAINZA, inscrito en el I.P.S.A, bajo los Nros 15.267 y 108.945, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de los accionados YOLIMAR ANA PEÑA VASQUEZ, BELKYS BEATRIZ PEÑA VASQUEZ y YOLEIDA COROMOTO PEÑA VASQUEZ, Venezolanos, mayores de edad Titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-14.482.023, V-7.394.768, V-7.394.767 respectivamente, contra la sentencia interlocutoria de fecha 6 de julio del año en curso, dictada por el Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decido, se anula el acta d.....