Se declara CON LUGAR la apelación propuesta por la abogada MARÍA ALEJANDRA ROMERO ROJAS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GEORGES BEILOUNE, identificados en autos, en contra de la decisión dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 09 de Mayo de 2007, en consecuencia queda así revocada dicha decisión y se declara ilegal por anticipada, la Tacha propuesta por el ciudadano Manuel Augusto Dos Santos contra los instrumentos fundamentales de la acción del juicio principal de Cobro de Bolívares, como son las letras de cambio las cuales consignó el demandante ciudadano Georges Beiloune junto con el libelo de demanda marcado con las letras “A”, “B” y “C”. Expídase copia certificada de la presente decisión e incorpórese al asunto N° KPO2-R-2007-000536, el cual cursa por ante esta Superioridad. Se Condena en costas a la parte demandada-re.....