DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por los abogados CÉSAR JOSÉ TOVAR y HÉCTOR GALLARDO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 161.600 y 223.055 respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano GILBERTO ANTONIO DAZA VIRGÜÉZ, en contra de la sentencia en incidencia de oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 22 de enero de 2015.
SEGUNDO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN a la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar, dictada en fecha 09 de octubre de 2014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito d.....