DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana MARIHELBA MARGARETH DURÁN PEREIRA, venezolana, hábil en derecho, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.766.598, domiciliada en la Ciudad de Carora, Estado Lara, en representación de su poderdante, ciudadano Rafael Darío Durán Ortíz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.381.296, según se evidencia de documento poder genera de administración debidamente registrado por ante la oficina de Registro Público del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 21, folio 121 del Tomo 3 del Protocolo de transcripción del año 2015, quien actuó asistida por el abogado.....