DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado JULIO E. RAMÍREZ LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.190, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento signado con el N° KP02-V-2011-2159, en contra del auto de fecha 05/10/2011, dictado por el JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Déjese copia certificada de la presente sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los.....