Se DECLARA: que el Tribunal Competente para conocer el presente juicio es el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia queda así regulada la competencia. Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Juzgado que resultó en esta decisión competente