DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados JORGE DAVID BARILLAS, MARISOL ZAMBRANO GUERRERO y RAFAEL ANGEL NOGUERA OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-7.377.793, V-9544.074 y V-5.932.677, respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo matrículas Nro. 261.690, 249.808 y 127.563, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del ciudadano HUAI CHENG TAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.195.149, representante de la firma mercantil OFICIA C.A, (antes COMERCIAL EMPRENDEDOR, C.A.) inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Esta.....