DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SE ANULA el auto de fecha 5 de Febrero del corriente año, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el cual oyó la apelación interpuesta por el Abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón, identificado en autos, en contra de la decisión de fecha 28-01-2015.
SEGUNDO: INADMISIBLE por falta de legitimación, la apelación interpuesta por el Abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón abrogándose la representación judicial sin serlo, del querellante Cruz Mario Monasterios Rodríguez, ambos identificados en autos, contra la decisión de fecha 28-01-2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito.....