Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano DAVID JESÚS BAUTISTA, ya identificado; en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio Juez Personal No. 2, de fecha 12 de Marzo del corriente año, y como consecuencia se REVOCA PARCIALMENTE está; motivo por el cual se ordena al demandado DAVID JESÚS BAUTISTA, a pasarle mensualmente a su hijo menor KEVIN DAVID BAUTISTA URRIOLA, lo siguiente: 1°) Por pensión de alimentaria, la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 64.120,33) mensuales; el cual es equivalente al Diecinueve por ciento (19%) del salario neto percibido por éste; cantidad ésta que será incrementada con ese equivalente cada vez que aumente su ingreso neto; 2°) Deberá pagarle igualmente lo que perciba por vacaciones, utilidades de la bonificación de fin de año, el equivalente al Veinte por cien.....