DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por HELIADES COROMOTO RIVAS ARAUJO, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad Nro. V.-4.321.152 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo matrícula Nro. 90.173, contra los ciudadanos MERCEDES DE CASTELLANOS, GOLFAN CASTELLANOS, ENMANUEL BURGOS CASTELLANOS, ELYN ALBERTI, MARITZA GARCIA y FLABIO D’PATRI, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: De acuerdo al artículo 12 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucional.....