Se DECLARA CON LUGAR, la inhibición planteada por el ABG. OSCAR EDUARDO RIVERO LÓPEZ, en su condición de JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL ESTADO LARA, en el asunto signado con el N° KP02-V-2008-001654, contentivo de juicio de RESOLUCION DE CONTRATO, interpuesto por la Sociedad Mercantil COCIV DE VENEZUELA C.A., en contra de la Sociedad Mercantil MADERERA ROMACA C.A. En consecuencia, remítase copia certificada de esta decisión con oficio, al Juez Inhibido, al Juez Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, al Juez Superior Tercero Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, y al Juez Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental; y oportunamente el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, tribunal al que le correspondió conocer por distribución el asunto principal signado con el Nº KP02-V-2008-001654. Déjese copia certificada de la presente sente.....