DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este tribunal Superior Segundo en Lo Civil, Mercantil Y del Tránsito de la circunscripción judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado Alexis Viera Duran, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 57.046 en su carácter de apoderado judicial de la accionante América Morales Castañeda Extranjera, titular de la Cédula de identidad Nº E-871.922, de este domicilio, contra el Juez a cargo del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, abogado Carlos Gabriel Espinoza Torres.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone una multa de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) al valor actual de la moneda, que debe cancelar el recusante ante cualq.....