DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogado FRANYIL P. SIERRA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.766, en su condición de apoderada judicial de la demandada MARYFLOR GOMEZ DE ESPINEL, ya identificada en autos contra la sentencia definitiva de fecha 14 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.-
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, SE ANULA la contestación de la demanda- reconvención y todas las actuaciones subsiguientes a la misma. SE REPONE la causa al estado de que el tribunal que le corresponda conocer de la causa, dicte un auto complementario, estableci.....