SE DECLARA SIN LUGAR la RECUSACION interpuesta por el ciudadano Toribio Emilio Hernández, a través de su apoderado judicial abogado Víctor G. Caridad Zavarce, ya identificados en contra del Abg. Oscar Eduardo Rivero López, en su carácter de Juez del Juzgado de Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara.
Se condena al recusante a pagar la cantidad de Dos Bolívares Fuertes (Bs.F. 2,00) a cuyo efecto deberá consignarlos ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, dentro de los 3 días siguientes al ingreso de las presentes actuaciones a dicho Tribuna. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 98 del Código Adjetivo Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los Diecisiete (17) días del mes de Marzo del año dos mil diez .....