Se DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado VÍCTOR CHUMPITAZ, apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano RAFAEL ANTONIO BRACAMONTE, identificado en autos, contra el auto dictado por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio No. 2, de fecha veintiuno (21) de Octubre de 2005, ratificándose el mismo.