DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ¬SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Amabiles José Silva Campos, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES SAGITARIO 5, C.A contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 22 de mayo de 2014, en la cual declaró que no admite dicha prueba por ser ilegal, por lo cual se CONFIRMA el mismo.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo preceptuado en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 .del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Super.....