Se declaró CON LUGAR la inhibición formulada por la Abogada Holanda Emilia Dam Hurtado, en su condición de Juez del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio No. 1 en el juicio de REGIMEN DE VISITA, quien se inhibió de seguir conociendo la presente causa, con fundamento a lo establecido en el numeral 20° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.