DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia incoada, el tres (03) de abril del 2014, por la abogada María de los Ángeles Arrieta, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nro. 187.691, en su condición de apoderada judicial del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A., sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, cuyas últimas reformas estatutarias fueron inscritas en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fechas 21 de diciembre de 2012, 22 de marzo de 2013 y 01 de noviembre de 2013, bajo los Nros. 36, 15 y 2 en su orden, de los tomos 86-A RM1, 16-A RM1 y 80-A RM1, respectivamente, esta última refundición .....