Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, la apelación interpuesta en fecha 10 de octubre de 2011, por el abogado JOSÉ AGUSTIN BOADA SATURNO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 90.013, apoderado de la parte demandada, SOCIEDAD MERCANTIL PROSEGUROS S.A., ya identificada, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 03 de octubre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la cual declaró: "PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO presentada ante este Tribunal por la Sociedad Mercantil ALIMENTOS ANDREA, C.A., contra la SOCIEDAD MERCANTIL PROSEGUROS S.A., todos identificados. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada pagar a título de indemnización prevista e.....