En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
• PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado AMILCAR ANDRÉS SEGURA HURTADO en su condición de apoderado judicial de la accionada ISOLISBETH COROMOTO GONZÁLEZ BLANCO, ambos identificados en autos, contra la decisión definitiva de fecha 16 de abril de 2.015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de esta Circunscripción, revocándose en consecuencia la misma.
• SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por el ciudadano ENDER JOSÉ MACIAS ALDA contra la ciudadana ISOLISBETH COROMOTO GONZÁLEZ BLANCO.
• TERCERO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte acto.....