Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ACOLIS ELENA CASTILLO BENITEZ, contra la sentencia dictada, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio N° 2, del día 12 de mayo del 2005; y en consecuencia, SE RATIFICA EL OTORGAMIENTO DE LA GUARDA de la niña VALERIA CASTRO CASTILLO con todos sus atributos a su padre RODOLFO ENRIQUE CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.201.817, con residencia en la avenida 1 Boyacá II, sector 3, vereda 49, N° 7 de la ciudad de Barcelona Estado Anzoátegui.