Se ANULA TODO LO ACTUADO en el expediente desde la diligencia de la apelación de la sentencia interpuesta por el abogado Richard Bracho, en representación del codemandado JOSE OMAR PULGARIN GUTIERREZ, ambos identificados en autos. Y SE REPONE LA CAUSA al estado que se libre la boleta de notificación de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de ésta Circunscripción Judicial, el día 21 de Abril del corriente año, a la codemandada AUTOS RHODE S.R.L., manteniéndose válidas las notificaciones hechas a la demandante Blanca Eudocia Graterol y José Omar Pulgarin Gutiérrez y hasta tanto no conste en autos esta modificación no comenzará a correr lapso alguno para ejercer los recursos legales pertinentes a dicha sentencia.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza repositoria de la misma.