DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se declara el decaimiento del recurso de hecho de autos y en consecuencia de ello, la extinción del proceso incidental de autos, interpuesto por el abogado ALEXIS VIERA DURAN, inscrito en el I.P.S.A BAJO EL No 57.046, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: JESUS ALFONZO FREITEZ PARRA recurrente de hecho, y en consecuencia terminada la presente incidencia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la decisión de autos.
Déjese copia certificada de la presente sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Ci.....