Se declara: Se anula la designación del Abogado Edmundo Frías Avendaño titular de la cédula de identidad N° 3.184.291, e inscrito de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.031, en su carácter de defensor ad litem y todas las actuaciones subsiguientes a esta incluida la sentencia recurrida. Se repone la causa al estado que se designe nuevo defensor ad litem. No hay condenatoria en costas por la naturaleza repositoria del presente fallo. Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.