Se DECLARÓ SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la ciudadana BELKIS COROMOTO RAMOS NIEVES, en representación de su hijo RAYBERT JOSEPH INDAVE RAMOS; y en consecuencia se RATIFICA la sentencia dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio No. 1, sede Carora, de fecha 21 de Marzo del 2005, en la cual declaró sin lugar la demanda de cumplimiento de obligación alimentaria intentada por la ciudadana BELKIS COROMOTO RAMOS NIEVES, ya identificada en representación del adolescente RAYBERT JOSEPH INDAVE RAMOS contra el ciudadano JOSE ENRIQUE INDAVE GONZALEZ.